SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-S2

Fecha: 18-Ene-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante estima lesionados sus derechos al debido proceso en sus componentes de falta de fundamentación, motivación, congruencia, falta de valoración de la prueba y errónea aplicación de la ley; al trabajo y a la estabilidad laboral, puesto que fue objeto de un proceso administrativo en su contra, cuando fungía como funcionaria de la UAGRM, supuestamente por no haber subsanado las observaciones realizadas por la CGE en la adquisición de un inmueble para la Facultad Integral del Norte de Montero del departamento de Santa Cruz, pese a demostrar que no causó perjuicio alguno a la institución, el Tribunal Administrativo de Justicia, pronunció la Resolución sancionatoria 013/2013, disponiendo su retiro de la UAGRM, por incumplimiento injustificado de funciones y obligaciones, y daño a la entidad; es así que una vez notificada interpuso recurso de apelación, el 12 de mayo de 2015, contra la referida Resolución, señalando siete agravios que se cometieron en su contra, donde el Tribunal Superior y de Apelaciones, pronunció la Resolución 12/2015, sin fundamento, motivación y sin considerar los agravios sufridos por el inferior, confirmando la Resolución sancionatoria 013/2013 y por tanto su destitución a través del memorándum 731/2015.