SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-S2

Fecha: 18-Ene-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como Jefa de Auditoria Interna de la UAGRM, se le inició proceso administrativo a consecuencia del informe de auditoría UM/ES-N12Y08 (C1) OF. AI N. 431/2012 de 8 de octubre, supuestamente por no haber subsanado las observaciones realizadas por la Contraloría General del Estado (CGE), respecto a la adquisición de un inmueble para la Facultad Integral del Norte de Montero del departamento de Santa Cruz; es así que, Walter Muñoz Suárez, Asesor del Departamento Legal en representación de Benjamín Saúl Rosas Ferrufino, Rector de la UAGRM, el 10 de diciembre de 2012 presentó ante el Presidente y Miembros del Tribunal Administrativo de Justicia Universitaria, una denuncia en su contra, pronunciándose el Auto inicial de procesamiento administrativo interno 13/2012 de 17 de diciembre, aparentemente por incumplimiento injustificado de funciones y por causar daños materiales de consideración a esa Casa Superior de Estudios, una vez notificada y recibida su declaración, presentó los descargos correspondientes.

Indica, que pese a demostrar que no causó perjuicio alguno a la UAGRM, este Tribunal, pronunció la Resolución sancionatoria 013/2013 de 29 de abril, disponiendo su retiro de esa entidad, por incumplimiento injustificado de funciones y obligaciones, y daño a la institución, señaladas en los arts. 23 inc. b) del Reglamento de Justicia Universitaria, 120 del Reglamento de Personal, 16 de la Ley General del Trabajo (LGT) y 9 inc. e) de su Decreto Reglamentario.