Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la lesión de sus derechos constitucionales al trabajo y a una remuneración justa, indicando que ante el despido injustificado del cual fueron objeto por parte de la empresa Industrias “RAVI” S.A., acudieron a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba denunciando tal extremo, solicitando su reincorporación y pese a que dicha instancia laboral a través de la conminatoria MTEPS/JDTCBBA 05/2015 dispuso lo solicitado, el empleador se rehúsa a dar cumplimiento pese a haber sido notificado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia consolidada sobre el hecho superado
- en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela y por tanto, es plenamente aplicable la teoría del hecho superado
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR