SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

III.1.  Jurisprudencia consolidada sobre el hecho superado

           De acuerdo al art. 128 de la CPE, la finalidad de la acción de amparo constitucional es la restitución de derechos fundamentales o garantías constitucionales cuando estos fueren vulnerados por actos y omisiones por parte de funcionarios públicos, personas individuales o colectivas, que restrinjan o amenacen restringir o suprimir éstos, es decir, a través de esta acción de defensa se peticiona la tutela de derechos o garantías, mediante la adopción de medidas necesarias por el Juez o Tribunal de garantías y de este modo volver a ejercer plenamente el derecho o garantía lesionado.