Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2016-S1
Fecha: 07-Ene-2016
I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
El accionante denunció la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos de la congruencia, motivación, fundamentación y legalidad, así como a la petición, a la tutela judicial efectiva, a la defensa, a la valoración de la prueba, al principio de seguridad jurídica y al non bis in ídem, a cuyo efecto citó los arts. 24, 115, 116, 117 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La ausencia de prueba en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR