SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

II.2.

II.2.    Cursan diligencias efectuadas a las partes procesales con el Auto precedentemente indicado, el 2 de febrero de 2015, tanto al accionante y su Abogado Defensor como al Fiscal de Materia, sin que conste en esta última la firma de la referida autoridad; así como también, se tiene la notificación realizada a la responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Tapacarí del departamento de Cochabamba sin que conste en la misma la fecha y hora del dicho actuado procesal (fs. 5); así también, notificaciones con el mismo actuado a la nombrada Defensoría el 16 de abril de igual año, en la persona de Jaqueline Laime Rodríguez, y el 17 del citado mes y año, a Marco Gálvez Lozano, Fiscal de Materia (fs. 14).