Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante alega como lesionados sus derechos a la libertad y al debido proceso, por cuanto se ordenó la remisión al Tribunal de alzada del recurso de apelación planteado por la representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia impugnando la Resolución 02/2015 de 2 de febrero de 2015 -que le concedió la cesación a la detención preventiva-, sin tomar en cuenta, que este se encontraba fuera del plazo establecido por el art. 251 del CPP, así como se admitió la misma y la resolvieron mediante Auto de Vista de 7 de mayo de igual año, sin advertir que su presentación fue extemporánea.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR