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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2016-S3

    Fecha: 04-Ene-2016

    II.3.

    II.3.  Consta acta de audiencia pública de juicio oral de 18 de marzo de 2015, ausente el accionante; empero, presente su abogado de confianza Kaleff Clemor Vargas, quien en dicha audiencia renunció a la defensa del hoy accionante, motivo por el cual suspendió la audiencia señalándose una nueva (fs. 29 a 31).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • se haga a la brevedad posible la fijación de audiencia
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de libertad y el debido proceso
    • a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • PURGA REBELDÍA
    • CONFIRMAR

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