Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2016-S1
Fecha: 14-Ene-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante por intermedio de su representante, ratifico íntegramente el contenido de la acción tutelar presentada y ampliándola señaló que: El fin de la demanda de usucapión, es -a su criterio- “contar con los documentos los cuales sean registrados en DD.RR. y así sean oponibles contra terceros” (sic); y, no como malentendió la autoridad demandada, al considerar que debió interponerse la demanda contra la persona que contaba con el registro del bien en Derechos Reales (DD.RR.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria. Jurisprudencia constitucional reiterada y consolidada
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.3. La subsidiariedad de la acción de amparo constitucional y los supuestos de excepción que permiten su interposición directa
- i)
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR