Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2016-S1
Fecha: 14-Ene-2016
III.1.
¿El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, así como una de sus Jefaturas de Trabajo Departamental, al reconocer al Directorio Sindical de Trabajadores Universitarios de una Universidad, de conformidad a normativa laboral; y al no pronunciarse sobre su elección mediante una Asamblea, que no está permitido por los estatutos correspondientes; se vulneran los derechos a elegir libremente a sus representantes dirigenciales que emerja del principio de la democracia sindical y el debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación de resoluciones y el principio de congruencia?
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Los derechos fundamentales de carácter social y laboral en el Estado Plurinacional
- II.
- IV.
- III.3. De la resolución de las denuncias por incumplimiento a sentencias constitucionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR