SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2016-S3

Fecha: 08-Ene-2016

no puede

La jurisprudencia de este Tribunal fue constante en señalar que el principio de informalidad que rige a la actividad administrativa, se constituye en la posibilidad de inobservar por parte del administrado las exigencias formales no esenciales, que puedan ser cumplidas posteriormente, corrigiendo equivocaciones formales de los administrados, sin que ello pueda dar lugar a la interrupción del procedimiento administrativo, también aclaró que la interpretación más favorable al ejercicio al derecho a la acción no puede suplir ni favorecer la dejadez o negligencia del administrado.