Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016-S1
Fecha: 15-Ene-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante consideró lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la presunción de inocencia; dado que, mediante la Resolución 010/2015 de 31 de julio, se le impuso la pena privativa de libertad de cuatro años, dentro de un procedimiento abreviado –actuado que no solicitaron– llevándose a cabo este sin su consentimiento; por lo que, los demandados hubiesen procedido al margen de lo establecido en el art. 373 del CPP.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2.
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Seguidamente previa pregunta del Presidente del Tribunal
- CONFIRMAR