SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2016-S1

Fecha: 15-Ene-2016

en observancia del principio de legalidad como soporte del principio competencial, dicha autoridad carece de legitimación activa para promoverla, por cuanto, en el catálogo de competencias que se atribuyen a la entidad pública que representa, no se atribuye facultad alguna para hacerlo

Por su parte la SCP 0812/2015-S2 de 4 de agosto, estableció: “En cuanto a la legitimación activa del entonces Alcalde Municipal para la activación de la acción popular, debe tenerse presente que, en observancia del principio de legalidad como soporte del principio competencial, dicha autoridad carece de legitimación activa para promoverla, por cuanto, en el catálogo de competencias que se atribuyen a la entidad pública que representa, no se atribuye facultad alguna para hacerlo…” (las negrillas nos corresponden).