Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2016-S3
Fecha: 14-Ene-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante denuncia lesionados sus derechos a la libertad y al debido proceso en su vertiente de derecho a la defensa, y los principios de presunción de inocencia legalidad y seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 23, 115.II, 117.I, 119.II, 120.I y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 y 2 incs. b), c) y h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.1, 2 y 3 incs. a), b), c) y d) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- I.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1.
- 1)
- “improcedente”
- II.3.
- III.
- III. La acción de Libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR