Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2016-S3
Fecha: 15-Ene-2016
Fragmento 22
La Empresa accionante a través de su representante alega la lesión de sus derechos al debido proceso, a la petición, a la defensa y a la presunción de inocencia, señalando que la autoridad ahora demandada habría solicitado la retención de fondos dentro del trámite de ejecución tributaria, pese a que interpuso demanda contenciosa administrativa ofreciendo a efectos que se suspenda la misma, la garantía suficiente así como el compromiso de constituirla dentro del plazo de noventa días.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.4.
- II.3.
- II.4.1.
- II.4.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- podrá ser suspendida a solicitud expresa de suspensión formulada por el contribuyente y/o responsable presentada dentro del plazo perentorio de cinco días de su notificación con la resolución que resuelva dicho recurso
- Fragmento 22
- anuló RD AN-GRLGR-ULELR 057/12
- anular
- confirmó
- Resolución de
- REVOCAR