Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016-S3
Fecha: 18-Ene-2016
a)
Francis Rossi Lijeron, Profesional Abogado I del referido Gobierno Autónomo, también en audiencia señaló que: a) La Alcaldesa no es quien emitió el memorando de cese de funciones del accionante; y, b) En los archivos de personal del accionante no se verificó la existencia de ningún certificado de nacimiento, razón que explica que la Dirección Jurídica desconocía la condición de progenitor del accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 12
- III.1. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- REVOCAR en parte
- no puede ser aplicada en todos los casos, ya que como se desarrolló anteriormente no todas las funciones públicas son iguales y algunas contienen ciertas características concretas