SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016-S3

Fecha: 18-Ene-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante Memorando J-RR.HH.- 098/13 de 31 de enero de 2013, ingresó a trabajar esa misma fecha en el Gobierno Autónomo Municipal de Guayaramerin, en el cargo de Responsable de la Unidad de Turismo; posteriormente, el 22 de abril de 2015, nació su hijo, hecho que fue de conocimiento de la Jefatura de Personal de esa institución.

Helen Gorayeb Callejas de Antelo, como nueva alcaldesa del Municipio designó a Raúl Alejandro Melgar Urresty como Secretario de Desarrollo Humano del referido Gobierno Autónomo Municipal, quien emitió el Memorando J-RR.HH.- 338/15 de 10 de junio de 2015, por el que agradeció sus servicios sin considerar su condición de progenitor de un niño de dos meses de edad, por lo que acudió a la Jefatura Regional de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Guayaramerin, instancia que emitió la Conminatoria de Reincorporación 001/2015, que fue incumplida.