Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016-S3
Fecha: 18-Ene-2016
II.1.
II.1. Mediante Resolución sancionatoria 039/2011 de 4 de octubre, el Tribunal Disciplinario Departamental de Tarija de la Policía Boliviana sancionó a Juan Luis Andia Calla -hoy accionante- con el retiro temporal de tres meses de la institución policial sin goce de haberes y con pérdida de antigüedad por la comisión de la falta disciplinaria prevista en el art. 12.8 de la LRDPB (fs. 9 a 10 vta.); notificándole el 2 de diciembre de 2014 (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa
- REVOCAR