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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2016-S3

    Fecha: 18-Ene-2016

    II.2.

    II.2.  Cursa contrato de prestación de servicios de 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2015, suscrito entre Juan José Ramírez Suarez, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro y el hoy accionante, para que desarrolle funciones de Auxiliar de la Dirección de Gestión y Salud Ambiental (fs. 16).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación
    • Fragmento 10
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 12
    • Fragmento 13
    • la justicia constitucional no se encuentra habilitada a determinar la dimensión ni la cuantía, pues si bien es posible materializar una eventual reincorporación; el pago de salarios, no puede operativizarse a través de esta justicia constitucional
    • CONFIRMAR en parte

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