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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2016-S3

    Fecha: 18-Ene-2016

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    La accionante considera lesionados sus derechos a la vida, al suministro de agua potable, al trabajo, a la salud, a la alimentación, al derecho propietario y a la libre transitabilidad, citando al efecto los arts. 16.I, 20.I, 21.7, 46.I y II, 56, 373 y 374.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 21.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • concedió
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza y alcances del derecho al agua
    • no puede arbitrariamente ser restringido o suprimido mediante vías o medidas de hecho en su uso racional como bien escaso por grupo social alguno -sea una comunidad campesina o sea una colectividad diferente- ni tampoco por persona particular
    • derecho subjetivo
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • en este sentido por la naturaleza de este derecho en su ejercicio individual, no puede arbitrariamente ser restringido o suprimido mediante vías o medidas de hecho en su uso racional como bien escaso por grupo social alguno -sea una comunidad campesina o sea una colectividad diferente- ni tampoco por persona particular
    • CONFIRMAR

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