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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2016-S3

    Fecha: 18-Ene-2016

    II.2.

    II.2.  Consta documento de transferencia de una fracción de lote de terreno, por el que Juan Israel Rodríguez Ledezma transfiere a Rosa Albina Arandia de Flores, Paola Alejandra Flores Arandia, Viktor Hugo Flores Arandia y Roció Flores Arandia, una superficie de 421,85 m2, debidamente reconocido en sus firmas y rúbricas ante la Notaría de Fe Pública 48 de Cochabamba (fs. 1 a 3).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • concedió
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza y alcances del derecho al agua
    • no puede arbitrariamente ser restringido o suprimido mediante vías o medidas de hecho en su uso racional como bien escaso por grupo social alguno -sea una comunidad campesina o sea una colectividad diferente- ni tampoco por persona particular
    • derecho subjetivo
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • en este sentido por la naturaleza de este derecho en su ejercicio individual, no puede arbitrariamente ser restringido o suprimido mediante vías o medidas de hecho en su uso racional como bien escaso por grupo social alguno -sea una comunidad campesina o sea una colectividad diferente- ni tampoco por persona particular
    • CONFIRMAR

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