AUTO CONSTITUCIONAL 0303/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0303/2016-RCA

Fecha: 13-Oct-2016

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

El accionante estima lesionados sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la salud y a la seguridad social, citando al efecto los arts. 13.I y IV, 46, 48, 49.III y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 23, 24, 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; XIV y XVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 6, 7, 8 y 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles, Económicos, Sociales y Culturales; 6, 7, 8, 9 y 10 de la Convención Americanas Sobre Derechos Humanos; y, los Convenios 111 y 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).