SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2016-S1

Fecha: 04-Oct-2016

a)

Solicitaron se conceda la tutela; y, en consecuencia disponga a) La inmediata reincorporación a sus fuentes de trabajo; y, b) Pago de salarios devengados y demás derechos sociales dando estricto cumplimiento a las Conminatorias de reincorporación pronunciadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

Max Rolando Quiroga Secretario, Ejecutivo de la Federación Sindical de Trabajadores Luz y Fuerza Telecomunicaciones y Aguas del departamento de La Paz, en audiencia manifestó lo siguiente: a) La Compañía demandada por todos los medios trata de eludir sus responsabilidades como empleador, el documento que presentaron no tiene valor legal al ser una fotocopia simple y sus originales no cursan en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, siendo esa la razón por la que no se encuentran legalizadas; b) Cuando un empleador termina su relación laboral, firma un finiquito homologado ante la entidad laboral, extremo que no ocurrió en el presente caso, más al contrario, el demandado trata de sorprender con una preliquidación, que no prueba que se hubiese pagado el finiquito correspondiente; c) Los accionantes realizaban tareas propias de la empresa; por lo que, son trabajadores de la misma y no de “Luis Mamani Lucero”; y, d) Solicitó se cumplan las conminatorias laborales a favor de los impetrantes de tutela.