Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2016-S1
Fecha: 04-Oct-2016
II.1.
II.1. Sentencia condenatoria de 22 de julio de 2003, emitida por las autoridades del Juzgado Primero de Partido y Sustancias Controladas del departamento de Cochabamba, declarando a Hilarión Ayala Guillén -ahora accionante- autor del delito de tráfico de sustancias controladas; y, estableciendo en su contra la pena de once años de presidio y el pago de Bs500.- (quinientos bolivianos), más las costas, daños y perjuicios ocasionados al Estado, que serán averiguados en ejecución de sentencia (fs. 3 a 4 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- aseveración que no corresponde, por cuanto si bien el mandamiento de condena fue emitido por el Tribunal Segundo de Sentencia Penal; no obstante, la nulidad de actuados que incluye dicho mandamiento,
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18