SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2016-S1

Fecha: 18-Oct-2016

1)

Ana María Zárraga Colque, ex Jueza Séptima de Partido Civil y Comercial         –ahora Jueza Pública– del departamento de Cochabamba, presentó informe de 18 de abril de 2016, cursante de fs. 283 a 285 vta., señalando que: 1) Fue titular del Juzgado Séptimo de Partido Civil y Comercial del referido departamento, hasta el 18 de octubre de 2015; por lo que, carece de legitimación pasiva para ser demandada, dado que no ejerce jurisdicción ni competencia para emitir una nueva resolución; 2) Conforme a la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional, no se agotó lo previsto en el art. 196 del Código de Procedimiento Civil abrogado (CPCabrg.); 3) En relación a los cheques, los que correspondían al Banco Unión S.A. fueron convertidos a depósito judicial –como consta a fs. 4501 y 4502 del expediente original–, en cuanto al pago en el BNB S.A., por las innumerables excusas, recusaciones, acumulaciones e incidentes, fue extraviado, no obstante el mismo puede ser repuesto conforme al art. 727.2 del CCom, en consecuencia, habiéndose realizado la cancelación oportunamente, la venta judicial se perfeccionó; y,    4) El ahora accionante, ejercicio plenamente su derecho a la defensa, y en el proceso se respetaron las garantías del debido proceso conforme a la CPE, por lo que, solicitó denegar la tutela.