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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2016-S2

    Fecha: 05-Oct-2016

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 02 de 26 de enero de 2016, cursante de fs. 53 a 57 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Marlen Anny Prado Contreras contra Karem Lorena Gallardo Sejas y Nuria Gisela Gonzáles Romero, Presidenta y Vocal, respectivamente, de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre la fundamentación, motivación y congruencia como componentes del debido proceso
    • estar expresada en: b.1) una decisión sin motivación, o extiendo esta es b.2) una motivación arbitraria; o en su caso, b.3) una motivación insuficiente”; desarrollando más adelante, el contenido de cada una de ellas.
    • b.3) De otro lado, cuando una resolución no justifica las razones por las cuales omite o se abstiene de pronunciar sobre ciertos temas o problemas jurídicos planteados por las partes, se está ante una motivación insuficiente
    • III.2.   Respecto al derecho a recurrir
    • III.3.   Sobre la tutela judicial efectiva y su configuración
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • extingue la acción penal
    • REVOCAR en parte

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