SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

a)

Víctor Flores, abogado de los terceros interesados, en audiencia de acción de amparo manifestó que: a) El señalamiento de audiencia de medidas cautelares no va en contra del orden público, debido a que los incidentes y excepciones no suspenden la consideración de la situación jurídica del imputado, por lo que, el Juez de la causa debe resolver en el plazo previsto por Ley; y, b) Asimismo, hace conocer que la audiencia señalada para el día de la fecha, fue suspendida de manera simple y llana, por lo que, en ningún momento se vulneró los derechos del ahora accionante, en ese antecedente pide se deniegue la tutela impetrada.