SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0967/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
III.3. Análisis del caso concreto
De acuerdo con la revisión a desarrollar, consistente en el examen de la prueba presentada y los antecedentes expuestos; ante la oposición por el uso de vías y medidas de hecho, los accionantes señalan que durante el desarrollo de la Asamblea Ordinaria de Socios de 30 de junio de 2016, presidida por Jorge Lema Morales, Presidente del Consejo de Vigilancia y sin que sea parte de los puntos aprobados en el orden del día; se dispuso la suspensión de sus funciones como miembros del Consejo de Administración y de los Gerentes General a.i. y Administrativo Financiero de COSETT Ltda.
Al efecto, considerando que además invocaron la aplicación de la flexibilización del principio de subsidiariedad; por lo que, correspondería pasar por alto las exigencias relativas al agotamiento de las vías legales; en función a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional -ante la existencia de medidas de hecho-, de acuerdo con los argumentos expuestos, cabe advertir que corresponde su aplicación; lo cual sin embargo, no los exime del cumplimiento de los requisitos atinentes a asumir la carga probatoria para fundar la lesión de los derechos indicados, en el contexto preciso una vía de hecho, sobre lo cual, cabe puntualizar que:
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El resguardo de los derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia;
- En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa,
- …La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a la fundamentación y acreditación objetiva de que es cierta y evidente la medida de hecho
- III.3.2.
- III.3.
- CONFIRMAR