SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0977/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante legal, denunció que la Jueza demandada, lesionó sus derechos al debido proceso, a la defensa, al acceso a la justicia y a la legalidad; dado que, dentro de los procesos penales iniciados a instancia suya, contra José David Lafuente Arce, por la presunta comisión de los delitos de ejercicio indebido de la profesión, falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado; y, contra Ronald Ovando Morales por el delito de nombramientos ilegales, se omitió considerar la Resolución Jerárquica 1317/2015 de 28 de agosto, dictada por el Fiscal Departamental de Cochabamba, que dejó sin efecto el rechazo planteado por el Fiscal de Materia asignado al caso a favor del segundo denunciado, negándose así a continuar con el trámite del proceso; aspecto que a pesar de ser objetado el 21 de octubre de 2015, mediante recurso de reposición, fue desestimado mediante Auto de 26 de ese mes y año; porque supuestamente la indicada autoridad judicial ya no tendría competencia al haber concluido la etapa preparatoria, en mérito a la presentación del requerimiento conclusivo de acusación formal contra el primer imputado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 16
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Jurisprudencia reiterada respecto al rechazo de denuncia, objeción y las atribuciones del Ministerio Público
- III.4. Análisis en el caso concreto
- REVOCAR