SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

II.4.

II.4.  Por memorial presentado el 21 de septiembre de 2015, el accionante, amparado en el art. 66 de la LPA, interpuso recurso jerárquico contra el memorándum 185/15 emitido por el Director del SEDES Tarija, señalando en los antecedentes que fue sorprendido con la determinación de prescindir de sus servicios, siendo tal acto de despido un acto administrativo que viola sus derechos consagrados constitucionalmente, impidiendo que cuente con recursos económicos para la manutención de su familia, además que no podrá cancelar el préstamo adquirido en una institución bancaria. Asimismo, refiere que dicho acto administrativo se encuentra con defectos que son causal de anulabilidad por no contener el fundamento ni motivación que la ley establece como requisito de existencia del mismo; en el petitorio reitera que interpone en la vía administrativa el recurso jerárquico en contra del memorándum 185/15 por ser un acto atentatorio y violatorio a los derechos y garantías constitucionales al debido proceso, al trabajo y a la estabilidad laboral; motivo por el cual pide expresamente: 1) La nulidad del memorándum señalado, por no tener motivación en el fondo; 2) La suspensión de las medidas y/o efectos del mismo, hasta que se resuelva el recurso; 3) La revocación del acto administrativo de agradecimiento de servicios; y,     4) Se le restituya a su fuente laboral con el ítem 76819 (fs. 8 a 10 vta.).