Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1012/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.1.
II.1. Por memorial de 9 de diciembre de 2015, Marco Antonio Asturizaga Meneces, representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Municipio de Chulumani, formalizó ante el Fiscal de Materia adscrito a ese municipio, denuncia por la presunta comisión del delito de violación a infante, niña, niño o adolecente contra Dionicio Mayta Machaca ahora accionante (fs. 9 a 10).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- expresó que no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales, por cuanto esto conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico, al existir dos resoluciones simultaneas tanto de la jurisdicción ordinaria como de la jurisdicción constitucional
- al momento de ser activada no deben existir otros recursos de carácter ordinario pendientes de resolución, que constituyan una suerte de remedio procesal que la ley procesal concede a los litigantes
- III.2.
- CONFIRMAR en todo