SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2016-S1

Fecha: 26-Oct-2016

Fragmento 17

          En ese contexto, lo que pretende el accionante es que a través de esta acción de amparo constitucional se anule el Auto de Vista de 29 de abril de 2016, emitido por los Vocales ahora demandados y se ordene a los mismos den estricto cumplimiento a los arts. 124 y 233.1 del CPP, confirmando el Auto Interlocutorio de 23 del mes y año referido, dictado por el juez de la causa, que estableció la existencia de elementos de convicción suficientes para establecer la probabilidad de autoría en el delito de beneficio en razón del cargo, en el caso específico del imputado Carmelo Vargas Guerra; es decir, la revisión de las resoluciones judiciales ordinarias como en el caso presente, aspecto que no corresponde a los límites de la justicia constitucional; puesto que, de acuerdo al Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se exige la concurrencia de los siguientes presupuestos: primero, por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecte el derecho al debido proceso y otros derechos fundamentales comprometidos en la determinación o resolución impugnada; segundo cuando la valoración se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad, y el tercero, por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico que lesiona derechos y garantías constitucionales. Presupuestos que el accionante no tomó en cuenta a tiempo de formular su demanda de acción de amparo constitucional; toda vez que, no se realizó una presentación por parte del accionante para demostrar ante la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades demandadas, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución Política del Estado, ni tampoco se especificó la dimensión en la que fueron vulnerados.