SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionado su derecho al debido proceso en sus componentes a la motivación de las resoluciones judiciales, a los principios de congruencia y verdad material, puesto que dentro del proceso de nulidad de documento, extinción y cancelación de inscripción más daños y perjuicios en primera instancia se dictó Sentencia 314/2010, que declaró probada la demanda y dispuso la nulidad del documento de compraventa, la extinción y cancelación de partida en DD.RR. más el pago de daños y perjuicios, realizando un análisis completo de todas las pruebas presentadas; que apelada la misma por sus hermanas demandadas en dicho proceso fue confirmada por Auto de Vista S-497, con costas; sin embargo, recurrida en casación el Auto de Vista precitado, la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, emitió el Auto Supremo 1160/2015, por el que casó parcialmente el Auto de Vista y deliberando en el fondo declaró improbada la demanda formulada contra Salome Cristina Jiménez Segales, Aída Jiménez Segales y Petrona Jiménez Segales, manteniendo subsistente la venta efectuada a favor de las mismas y declarando subsistente la nulidad de la venta contra Natalio Jiménez Segales y Juan Carlos Jiménez Segales, contenida en la Escritura Pública 106/2003. El accionante sostiene que la fundamentación del Auto Supremo, hace un análisis parcial y se basó solamente en una de las causales invocadas como es la existencia de la Escritura Pública 106/2003 que le otorgaron sus hermanos, reconociendo la “venta ficta”, pero no hizo un análisis de la otra causal de nulidad en que se funda tanto la Sentencia como el Auto de Vista, omitiendo en su fundamentación otras causales y pruebas aportadas de su parte, lo que afectó sus derechos supra señalados, por lo que pide se deje sin efecto el Auto Supremo 1160/2015 y se dicte uno nuevo en el que se incorpore la valoración de la prueba considerando la concurrencia de las otras causales de nulidad que fueron probadas en juicio.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- Fragmento 10
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional
- uno positivo
- el momento en que se notificó la última decisión en sede judicial o administrativa’
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR en todo