SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público

El representante del Ministerio Público, en audiencia, sostuvo que: La “Resolución Ministerial 866/2010, de 26 de octubre”, establece el procedimiento de la reincorporación para las trabajadoras y trabajadores que hayan sido retirados de su fuente laboral por causas no contempladas en el art. 16 de la LGT; asimismo, el numeral 7 referente a la conminatoria de reincorporación señala que recibido el informe del Jefe Departamental o Regional del Trabajo conminará al empleador, para que en el plazo máximo de tres días hábiles reincorpore a la trabajadora o trabajador al puesto que ocupaba al momento de despido; sin embargo, no existe una notificación a los demandados con la conminatoria para que los mismos se pronuncien con la misma, por lo que al no haber cumplido con uno de los requisitos establecidos en la Resolución Ministerial referido, solicitó se deniegue la tutela.