SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia como lesionados sus derechos a la estabilidad laboral, al fuero sindical, a la defensa, al debido proceso, la presunción de inocencia y al non bis in ídem, por parte del Presidente del Concejo de Administración y Gerente General de la CAPAG Ltda., puesto que fue despedida sin justificativo ni proceso alguno, desconociendo su fuero sindical, mediante Memorándum 19/2016, acusándola de haber cometido una serie de actos, incluso delictivos, desvinculándola ilegalmente de su fuente laboral, por lo que ante estas arbitrariedades, acudió a la Jefatura Regional de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Guayaramerín, que emitió la Conminatoria de reincorporación JRTG-ERMC-R 006/2016, misma que los demandados no dieron cumplimiento, manteniendo vigentes las vulneraciones a sus derechos fundamentales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- Fragmento 12
- III.2. Marco constitucional y normativo del derecho al fuero sindical
- lo cual significa que la protección estatal otorgada a un dirigente o dirigente sindical, tiene la finalidad de que pueda gozar del ejercicio pleno de sus funciones sindicales, no pudiendo ser despedido por esa su condición evitando de esta forma la restricción a su libertad sindical
- III.3. Necesidad de interpretar desde y conforme a la Constitución Política del Estado los alcances de protección del fuero sindical
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- REVOCAR en todo