Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 03/16 de 10 de agosto de 2016, cursante de fs. 154 a 156 vta., pronunciada por el Juez Público Mixto Civil, Comercial y de Familia Segundo de Guayaramerín del departamento de Beni; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto el memorándum 19/2016 de 13 de mayo, y proceder a su reincorporación inmediata al cargo que ejercía ha momento de su agradecimiento de servicios en la referida institución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- Fragmento 12
- III.2. Marco constitucional y normativo del derecho al fuero sindical
- lo cual significa que la protección estatal otorgada a un dirigente o dirigente sindical, tiene la finalidad de que pueda gozar del ejercicio pleno de sus funciones sindicales, no pudiendo ser despedido por esa su condición evitando de esta forma la restricción a su libertad sindical
- III.3. Necesidad de interpretar desde y conforme a la Constitución Política del Estado los alcances de protección del fuero sindical
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- REVOCAR en todo