SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1042/2016-S1
Fecha: 26-Oct-2016
necesidad institucional en tanto sea convocado dicho puesto a concurso de méritos o examen de competencia
De igual manera, la SCP 1001/2015-S2 de 14 de octubre, sobre la temática precisó: “…si bien la accionante fue contratada temporalmente y su designación respondía a una necesidad institucional en tanto sea convocado dicho puesto a concurso de méritos o examen de competencia; es decir, a una apropiada forma de reclutamiento y selección, adecuándose al procedimiento establecido en el Estatuto del Funcionario Público, para acceder a la carrera administrativa, y a lo dispuesto igualmente en el Estatuto del médico empleado y la carrera funcionaria, así como al Reglamento del SEDES, dicha condicionante no guarda relación en absoluto al motivo que dio paso a su destitución, pues no puede considerarse como una falta o vulneración de los derechos invocados, el hecho de que no se haya cumplido con esa condicionante, como alega la parte accionante, habida cuenta que era de su conocimiento la temporalidad de su contratación y los motivos de su retiro no se debieron a la convocatoria a concurso de méritos o examen de competencia, como se pretende hacer ver.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento
- b)
- c)
- e)
- diferenciación entre funcionarios de carrera con los funcionarios designados y los de libre nombramiento
- necesidad institucional en tanto sea convocado dicho puesto a concurso de méritos o examen de competencia
- las denuncias que trae a colación vía acción de amparo constitucional, como el retiro intempestivo o la ausencia de explicación sobre el mismo,
- solo de manera excepcional por la necesidad de cubrir la acefalia podría designarse a una persona de manera directa
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR