Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
II.1.
II.1. El 1 de julio de 2016 el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Santa Cruz, en audiencia de medidas cautelares, resolvió disponer la medida excepcional de detención preventiva de Jhonny Tapia Céspedes al Centro de Rehabilitación de “Palmasola”, por concurrir las dos condiciones señaladas en los arts. 233, 234 incs. 1), 2) y 4), 235 incs. 1) y 2) del CPP (fs. 9 vta.).
- ,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- Fragmento 9
- III.2. Legitimación pasiva en la acción de libertad
- es decir, a resolver la impugnación de las medidas cautelares dispuestas por el Juez cautelar, ya sea aprobando o revocando la resolución impugnada;
- la obligación que tiene el Tribunal de alzada de pronunciarse sobre el objeto del recurso de apelación ya sea aprobando o revocando la resolución apelada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo