Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
II.2.
II.2. El 8 de marzo de 2016, Patricia Verónica Cors Lozada, en representación de la Cooperativa de Enseñanza y Servicios Cochabamba Ltda., presentó ante el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, Distrito 1 Pacata “Comuna Tunari”, denuncia de avasallamiento del predio indicado en el apartado precedente, ameritando Informe Legal CC 1 97/16 de igual data, por el que concluyó que la no definir esa entidad el derecho propietario, los interesados debían acudir ante la vía jurisdiccional llamada por ley (fs. 23 y 25).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho a la propiedad privada
- i)
- III.3. Las medidas de hecho y requisitos para su procedencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo