SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1056/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1056/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

1)

En uso de la dúplica, precisaron: 1) El art. 184 del Estatuto Orgánico de la UAGRM establece la obligatoriedad de renunciar a los cargos electos, de designación o de libre nombramiento con tres meses de anticipación, regla que debe cumplirse dentro del proceso electoral bajo el principio de legalidad; y, 2) Al citar el art. 17 del Tribunal de Justicia Universitaria, no se está desconociendo que ella hubiese renunciado posteriormente o que estuviera inhabilitada sino “que (han) precisado para que este cargo del Tribunal de Justicia Universitario sea incompatible con el cargo de Director de carrera y por lo tanto obliga al cumplimiento del artículo 184 del Estatuto Orgánico para presentar la renuncia…” (sic).