Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2016-S3
Fecha: 10-Oct-2016
II.4.
II.4. A través de memorial de 20 de abril de 2016, el ahora accionante denunció el despojo de su puesto de venta ante el Presidente de la Federación Departamental de Trabajadores en Feria y Ramas Afines (fs. 125). En similar manera, por escrito de 22 de igual mes y año, el nombrado puso en conocimiento del referido Presidente los atropellos y abusos por parte del Directorio de la Asociación de Comerciantes (fs. 127 a 128 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inexistencia del objeto de la acción de amparo constitucional por haberse extinguido la causa que motivó su interposición
- Cuando se presenta el fenómeno de la carencia actual de objeto del amparo constitucional porque el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido
- III.2. Análisis del caso concreto
- Que habilita para seguir por las vías legales que corresponda ya que se certifica que al ser el reclamo a la federación la última instancia esta se allá plenamente agotada
- REVOCAR