SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1147/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1147/2016-S3

Fecha: 24-Oct-2016

Fragmento 15

La SCP 1160/2014 de 10 de junio, respecto al derecho al debido proceso en sus elementos a la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones judiciales o administrativas, concluyó que: «“En relación a la motivación y fundamentación de las resoluciones, este Tribunal también en la SCP 0903/2012 de 22 de agosto, incidió lo siguiente: ‘…la fundamentación y motivación de una resolución que resuelva cualquier conflicto jurídico, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario una debida motivación conlleva que la resolución sea concisa, clara e integre en todos los puntos demandados, donde la autoridad jurisdiccional o en su caso administrativa, exponga de forma clara las razones determinativas que justifican su decisión, exponiendo los hechos, realizando la fundamentación legal y citando las normas que sustentan la parte dispositiva de la resolución; en suma se exige que exista plena coherencia y concordancia entre la parte motivada y la parte dispositiva de un fallo’, requisito que se hace de mayor importancia en los tribunales de última instancia.