SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

a)

Mirael Villarroel Claros, Notario de Fe Pública 31 del departamento de Cochabamba, elevó informe escrito de 11 de agosto de 2016, cursante a            fs. 66 y vta., expresando que: a) El 14 de junio de 2016 realizó la prestación del servicio notarial para la elaboración del inventario de los bienes a desapoderarse dentro del proceso interdicto de recobrar la posesión seguido por Gonzalo Molina Sardán contra Abel Mejía Arnéz, Heidy Mejía Villegas, Margarita García Villca y Sofía Camacho Rodríguez; b) La Oficial de Diligencias del Juzgado Público Civil y Comercial Décimo Octavo del referido departamento, tocó el portón manifestando a los ocupantes que procederá a su ejecución, recibiendo como respuesta insultos irreproducibles, pedradas y golpes a la puerta con palos, ante la resistencia de los mencionados ocupantes, es que se ingresó con respaldo de la fuerza pública, ya dentro el inmueble, la servidora pública del referido Juzgado procedió a hacer entrega de la fotocopia del respectivo mandamiento, una vez que se calmaron los ánimos, se ejecutó el mandamiento de lanzamiento y se inventariaron los bienes muebles, mismos, que  fueron sacados y depositados en la calle por decisión de los desapoderados ya que se opusieron a que sean trasladados a otro lugar en vehículos ofrecidos por el demandante; y, c) Su participación se limitó a la elaboración del inventario enumerativo y no así a la ejecución del mandamiento de desapoderamiento, motivo por el cual solicitó se deniegue la tutela impetrada.