SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

III.3.   Alcances de la cosa juzgada

La cosa juzgada, en consecuencia, importa la existencia de una sentencia dictada dentro de un proceso con relación a la cual una vez agotados los recursos previstos por ley, ya no existe otros medios de impugnación ordinaria o cuando dichos recursos no fueron utilizados sea porque se consintió expresamente  en la ejecutoria o implícitamente al no haberse impugnado o impugnado fuera de tiempo.