SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

Fragmento 19

  Haciendo referencia al tema la SCP 0063/2013 de 11 de enero, se manifestó así: “Según el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual de   Guillermo Cabanellas de Torrez, como cosa juzgada se entiende ‘a toda cuestión que ha sido resuelta en juicio contradictorio por sentencia firme en los tribunales de justicia’; por su parte el Diccionario de la Real Academia de Lengua Española define la cosa juzgada como: ‘Autoridad y eficacia que adquiere la sentencia judicial cuando no proceden contra ella recursos ni otros medios de impugnación, y cuyos atributos son la coercibilidad, la inmutibilidad y la irreversibilidad en otro proceso posterior’.