SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
I.2.
Roberto Ramírez Torrez, Fiscal Departamental de Chuquisaca, en audiencia manifestó que: El 25 de julio de 2016, Jaqueline Bustillos Sánchez, Fiscal de Materia, presentó la Resolución de Sobreseimiento S-17/2016 de 22 del mismo mes y año, en favor de la accionante. Hizo notar que existe una impugnación contra la Resolución aludida interpuesta por Luis Florencio Jaimes García, en representación de Bernabé Mamani Copa, de 29 del mismo mes y año, a ese efecto se remitió dicha solicitud a su persona el 5 de agosto del igual año; ante la falta de notificación a las partes devolvió el trámite referido; por lo que, no se habría resuelto el sobreseimiento, por ello solicitó se rechace la acción de libertad planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Los efectos del sobreseimiento pendiente de impugnación sobre la situación de un detenido preventivo
- pero previo señalamiento de audiencia, ello en atención a la interpretación sistemática de la jurisprudencia y la normativa vigente.
- por ello corresponde recordar que la imposición, modificación, y levantamiento de medidas cautelares debe realizarse en audiencia
- III.4. Análisis del caso
- ; pero previo señalamiento de audiencia, ello en atención a la interpretación sistemática de la jurisprudencia y la normativa vigente
- REVOCAR