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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1094/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1094/2016-S2

    Fecha: 03-Nov-2016

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.3
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Configuración de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  El derecho a la libertad sindical y el fuero sindical
    • III.3.  Estabilidad laboral reforzada de los representantes sindicales
    • cabe hacer énfasis en que de acuerdo a lo que se instituye en el parágrafo IV incluido por el DS 495 al art. 10 de su similar 28699, respecto a la conminatoria emitida por la autoridad del trabajo, se establece que ésta únicamente puede ser impugnada en la vía judicial por el empleador, pudiendo el trabajador de acuerdo al parágrafo V de la misma disposición, acudir directamente a las acciones constitucionales,
    • aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
    • continuidad y estabilidad de la relación laboral
    • empresa MABET S.A.
    • concedido en parte
    • CONFIRMAR en todo

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