SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante se ratificó en la acción de amparo constitucional interpuesta, y ampliándola manifestó que: En la demanda por delitos de calumnia e injuria, el  procedimiento para el planteamiento de excepciones, se encuentran establecidos en el art. 345 del CPP, sin haberse pronunciado las autoridades demandadas sobre dicho procedimiento en el Auto de Vista 03/2016; sin considerar que dentro de los delitos de acción privada no interviene el Ministerio Público, aplicó erróneamente el derecho, debido a que la Resolución de alzada se basó en la Ley 586 de 30 de octubre de 2014, que no es aplicable a los delitos de orden privado, tomando en cuenta que estos tienen un procedimiento especial, por lo que, dicha Resolución es incongruente e infundado.