Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se le conceda tutela y se ordene anular la Resolución Sancionatoria YACTF-RC-0633/2016 de 5 de julio, debiéndose emitir una nueva resolución favorable que disponga la devolución y entrega de las 580 bolsas de harina marca Harinero Onkel, legalmente importada; asimismo, se determine la correspondiente responsabilidad administrativa e institucional, se imponga multa y se condene en costas al demandado, además se ordene la remisión de antecedentes ante el Ministerio Público.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.4.
- II.5.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- subsidiariedad
- III.3. El principio de buena fe en la administración pública aduanera
- De lo apuntado, se puede establecer que el principio de buena fe, es fundamental dentro de la relación entre el Estado y sus ciudadanos, debiendo en todo caso, regir los actos de ambos
- los únicos supuestos para que la jurisdicción constitucional ingrese a revisar la valoración realizada por dichas autoridades: 1) Cuando en dicha valoración exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir y 2) Cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales, es decir en el primer supuesto cuando en la labor valorativa se apartan del procedimiento establecido valorando arbitraria e irrazonablemente y en el segundo, que actuando arbitrariamente no se haya procedido a la valoración de la prueba, por cuya omisión se vulneren derechos y garantías fundamentales
- III.5. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 15
- CONFIRMAR en todo