SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
acción de cumplimiento
En revisión la Resolución 01/2016 de 8 de septiembre, cursante de fs. 54 vta. a 59 vta., pronunciada dentro de la acción de cumplimiento interpuesta por Marcela Guerrero Vilca contra Adrián Oliva Alcázar, Edwin Flores Márquez, Fernando Barrientos Iñiguez, Pablo Avilés Pérez, Rubén Ardaya Salinas, Sergio Nieva Casso, Marcelo Yamil García Delfín, Edgar Guzmán Jáuregui y Valdemar Peralta Méndez, Gobernador y Secretarios Departamentales de: Desarrollo Institucional Autónomo, Desarrollo Productivo, de Recursos Naturales y de Medio Ambiente, Gestión Institucional, Economía y Finanzas, Seguridad, Justicia y Derechos Humanos de Desarrollo Humano; y, Coordinación Institucional, respectivamente todos del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Normas supuestamente incumplidas
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- IMPROCEDENCIA
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- esta acción tiene por finalidad hacer cumplir un mandato, deber u obligación imperativamente impuesto por la norma constitucional o legal; que se trate de un mandato, deber u obligación no sujeto a condición alguna, y que de manera indubitable y directa emerja de la norma constitucional o legal
- hace referencia sólo a aquellas disposiciones previstas por la Constitución Política del Estado que imponen mandatos u obligaciones imperativos a los servidores públicos no sujetos a condiciones para su cumplimiento
- III.2. Diferencias entre la acción de cumplimiento y la acción de amparo constitucional
- ante la omisión en el cumplimiento de un deber claro, expreso y exigible, que puede estar directa o indirectamente vinculado a la lesión de derechos fundamentales o garantías constitucionales, corresponde invocar la acción de cumplimiento; en tanto que si el deber omitido no reúne las características anotadas, sino que se trata de un deber genérico, pero vinculado a la lesión de derechos o garantías fundamentales -como por ejemplo el deber de motivación de las resoluciones cuyo incumplimiento general lesiona al debido proceso- corresponde la formulación de la acción de amparo constitucional por omisión
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR